CONDICIONES PARA ENVÍO DE IDEAS:
SCPF acepta recibir de terceros (denominados EL APORTANTE en lo sucesivo en este documento) ofertas de ideas para ser aplicadas en campañas de publicidad, con la finalidad de evaluarlas y considerar su validez y posibilidades de utilización por parte de clientes de SCPF.
Las ideas que presente EL APORTANTE deberán ser originales y creativas del propio APORTANTE. El APORTANTE deberá informar acerca de si las ha presentado a alguna otra agencia de publicidad o anunciante, y comprometerse a no enviarlo a ningún tercero mientras está sujeto a evaluación por SCPF.
SCPF se compromete a analizarlas las ideas aportadas con su equipo de creativos y gerentes de cuentas, valorando su originalidad, aportación creativa y posibilidad de aplicación en publicidad. En el supuesto de considerar que no son de su interés, SCPF comunicará al APORTANTE su no aceptación de las mismas en un plazo máximo de dos meses desde su recepción. En dicho caso, no se generará relación alguna entre el APORTANTE y SCPF, ni ésta tendrá responsabilidad u obligación alguna frente al APORTANTE.
En caso de considerarlas de posible interés para su implementación en proyectos de comunicación, SCPF lo comunicará al APORTANTE y le ofrecerá la formalización de un contrato en los siguientes términos y condiciones:
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SCPF se constituirá en poseedor exclusivo de la idea del APORTANTE, reconociendo su autoría.
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SCPF desarrollará las posibles aplicaciones de la idea en proyectos de comunicación y las presentará a sus clientes.
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En el supuesto en que un cliente de SCPF apruebe la realización de una campaña basada en la idea del APORTANTE, SCPF se comprometerá a retribuir al APORTANTE por su aportación de la idea, con un importe equivalente al 10% de los ingresos que SCPF reciba por parte del cliente para retribuir la creación.
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El porcentaje de la retribución a pagar al APORTANTE podrá ser variado en función del peso específico de la idea en la campaña final y la originalidad de la propia idea.
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SCPF se compromete a mantener confidencial la idea del APORTANTE y a no emplearla en campañas de publicidad sin la formalización del correspondiente contrato con el APORTANTE.
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En el supuesto en que ningún cliente de SCPF desee utilizar la idea del APORTANTE, SCPF la mantendrá en su cartera en un plazo de un año para su posible utilización; transcurrido dicho plazo, comunicará al APORTANTE que desiste de la misma, extinguiéndose cualquier tipo de obligación por parte de SCPF.